La nueva entidad nacida de la fusión de las cajas gallegas puede generar en tres años 500 millones de beneficios
El presidente de Ausbanc considera que “si la fusión no sale adelante por la fuerza de las razones, la exigencia de los números y la defensa del interés general habrá que aplicar la ley con rotundidad, y expulsar el obstáculo personal que dificulte este proyecto imparable”.
Luis Pineda aplaude la actuación del presidente de la Xunta ya que “Núñez Feijoo ha acertado absolutamente, y tiene todo el apoyo de la gente sensata y de los empresarios con visión de futuro que son los que hacen posible el desarrollo y el progreso”.
Ausbanc sigue con máximo interés la posible fusión entre Caixa Galicia y Caixanova. A este respecto, el presidente de la Asociación, Luis Pineda, ha señalado esta mañana, en la rueda de prensa celebrada en Vigo, que “a Galicia le conviene, más aún necesita, una gran caja capaz de ayudar a los gallegos y sus proyectos”, y ha añadido que “una visión cortoplacista, y la defensa de intereses personalísimos, y posiblemente espurios, no pueden obstaculizar este magnífico y conveniente proyecto empresarial y financiero”.
Pineda ha explicado a los periodistas que “los números de la fusión salen, el equipo es de los mejores, y la voluntad política es determinante y a favor. Qué se haga cuanto antes, y que ganen todas las partes y, sobretodo, los que más importan, y hacen viable una caja de ahorros: los clientes”.
El presidente de Ausbanc ha manifestado que “hablamos de una caja que en tres años puede generar 500 millones de beneficios, y de una nueva caja con mayúsculas, no un invento legislativo que puede ser –se refiere al S.I.P.- el principio de la privatización y la defunción de unas instituciones financieras exitosas y eficaces como no las hay en ninguna otra parte del mundo”.
“Esta gran caja gallega –ha explicado Pineda- es esperada por las decenas de miles de gallegos que trabajan, laboran, y crean riqueza por toda Hispanoamérica”.
En su intervención ante los medios, Pineda ha aplaudido la actuación del presidente de la Xunta ya que “en este caso, Núñez Feijoo ha acertado absolutamente y tiene todo el apoyo de la gente sensata y de los empresarios con visión de futuro que son los que hacen posible el desarrollo y el progreso”.
El presidente de Ausbanc considera que “si la fusión no sale adelante por la fuerza de las razones, la exigencia de los números y la defensa del interés general habrá que aplicar la ley con rotundidad, y expulsar el obstáculo personal que dificulte este proyecto imparable”.
Bankinter, condenada por no informar adecuadamente sobre un ‘Clip’
En el transcurso de la rueda de prensa celebrada esta mañana, en la que además del presidente de Ausbanc, han participado el delegado en Galicia, Jesús Garriga, y el abogado Juan José Pérez Barreiro, se ofrecieron todos los detalles de la sentencia dictada el pasado 26 de marzo por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vigo en la que se declara la nulidad de un ‘Clip Bankinter Flexiplus 4’ por vicio en el consentimiento por parte del cliente, una empresa a cuyo representante no se le facilitó la información necesaria para que tuviera un conocimiento preciso de las características del mismo y del riesgo que asumía.
Según se pone de manifiesto en la citada sentencia, Bankinter obligó a su cliente a contratar “un seguro de cobertura de tipo de interés” –que en realidad era un ‘Clip Bankinter Flexiplus 4’–, junto a la línea de crédito que le había concedido. El contrato estipulaba que, sobre la base de un nominal de 400.000 euros y por un plazo de dos años, el banco quedaba obligado a pagar trimestralmente a la empresa la cantidad resultante de aplicar el euríbor a tres meses, mientras que ésta se comprometía a pagar al banco un interés del 4,45%.
Así, si este índice era igual o superaba el 4,45%, el banco era el que pagaba, como sucedió en las tres primeras liquidaciones –favorables al cliente, por importes de 363, 521 y 529 euros–. En cambio, en caso de que el euríbor a tres meses fuera inferior a ese porcentaje, era el cliente el que le adeudaba al banco –lo que sucedió en las dos siguientes liquidaciones, por cuantías de 1.496 y 2.155 euros–.
Tras comprobar el cliente la cuantía de las liquidaciones a favor del banco, solicitó a Bankinter la cancelación del producto que, como se pone de manifiesto en la sentencia, estaba sujeta a un ambiguo coste que dependía de la “situación del mercado”, y sobre cuya fórmula de cálculo no se ofrecían variables concretas. El resultado fue que el importe de la cancelación solicitaba por el cliente superaba los 8.000 euros.
La sentencia deja claro que este tipo de contratos, comercializados por entidades como Bankinter como cobertura de tipos o incluso ‘seguros’ frente a la subida de los mismos son de carácter especulativo y de alto riesgo. De hecho, la titular del Juzgado vigués cita las advertencias realizadas al respecto por la CNMV, que reconoce que se trata de un producto especialmente dirigido a empresas con necesidades de cobertura de divisas.
Las conclusiones de la misma no pueden ser más contundentes: “resulta patente que la demandada [Bankinter] no cumplió con las exigencias legales (…) y que no informó a la demandante [la empresa] de forma clara, completa y en términos comprensibles sobre las características del contrato (…) como tampoco de que el producto ofertado quedaba caracterizado por su alto riesgo, dependiente de la evolución del mercado, y que por su propia naturaleza, entraña operaciones complejas y no tanto por las reglas de cálculo a aplicar sino por las variables que inciden en las mismas, y ello aun cuando el propio Bankinter reconoce a (…) como una empresa minorista, sin experiencia en la contratación de productos del tipo del proyectado”.
La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vigo es la cuarta que obtienen los Servicios Jurídicos de Ausbanc, en defensa de los afectados por la comercialización engañosa de permutas, ‘swaps’ y ‘clips’, después de las dictadas por las Audiencias Provinciales de Jaén y Álava, en marzo de 2009, y la más reciente, del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Las Palmas de Gran Canaria.
Con estas sentencias, los Servicios Jurídicos de Ausbanc confirman su liderazgo en la gestión de expedientes de todo tipo de permutas financieras, ‘swaps’ y ‘clips’. A las mencionadas sentencias hay que unir las decenas de ellas que la asociación espera próximamente, en los numerosos procedimientos que se llevan a cabo ante los tribunales en toda España, así como las numerosas negociaciones culminadas con éxito con diversas entidades financieras, que se han resuelto a favor de los intereses de los clientes.
La asociación también está llevando a cabo una intensa campaña de información y representación de afectados por la comercialización engañosa de otro tipo de productos ‘tóxicos’ por parte de algunas entidades financieras. Es el caso de los productos estructurados vinculados o emitidos por Lehman Brothers, el banco estadounidense que quebró en septiembre de 2008, dejando a miles de inversores españoles sin sus ahorros. Inversores que, en la mayoría de los casos, desconocían que su inversión “100% protegida” o “autocancelable” estaba en realidad ligada a Lehman Brothers.
Se adjunta junto a la nota de prensa ejemplos de cómo Bankinter ha comercializado los clips:
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