AUSBANC

03-03-2010

Juzgado de lo Mercantil Número 4 de Madrid
Abierto el plazo para que los usuarios se adhieran a la demanda contra Telefónica por el sobreprecio del ADSL entre 2003 y 2006

Los tribunales han paralizado durante dos meses el juicio contra la operadora para facilitar la adhesión de los perjudicados.

Ausbanc Consumo presentó en octubre de 2007 una demanda contra Telefónica España en reclamación de los daños y perjuicios causados a los consumidores y al mercado español, por estrechamiento de márgenes en los precios de ADSL cobrados a empresas mayoristas de la competencia.

El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid ha paralizado durante dos meses el juicio que se sigue contra Telefónica España con el fin de hacer un llamamiento a los perjudicados, y facilitar su personación en el procedimiento.

Ausbanc Consumo presentó el 25 de octubre de 2007 una demanda contra Telefónica España en reclamación de los daños y perjuicios causados a los consumidores y al mercado español, por estrechamiento de márgenes en los precios de ADSL cobrados a empresas mayoristas de la competencia. Una vez admitida a trámite esta demanda, el Juzgado ha abierto un plazo para la adhesión de los perjudicados.

Las personas afectadas tienen de plazo hasta el 9 de abril para adherirse al procedimiento iniciado por Ausbanc. Para ello, es necesario hacer llegar al Servicio de Documentación de la Asociación copia de la contratación del servicio de ADSL y de las facturas abonadas entre 2003 y 2006, y copia del DNI del titular del contrato.

A pesar del esfuerzo de Telefónica encaminado a paralizar la demanda de Ausbanc, el juicio sigue adelante. Una vez admitida a trámite, la operadora presentó un escrito intentado eludir dicha demanda invocando prejudicialidad, alegación que fue estimada en Primera Instancia y, tras el recurso de apelación de Ausbanc, fue revocada por la Audiencia de Madrid ordenando la continuación del proceso.

Durante este procedimiento, la operadora alegó ya haber recibido una sanción por parte de la Comisión Europea, que penalizó por este hecho a la operadora con una multa de 151,8 millones de euros, una multa que no está destinada a resarcir ni a los consumidores ni al mercado. Una vez estudiados los hechos, los tribunales consideraron que no existe tal prejudicialidad civil y que, por tanto, debe seguir el juicio.

Basándose en la nueva Ley de Defensa de la Competencia y de la normativa comunitaria, Ausbanc solicita una indemnización de 458 millones de euros con el fin de resarcir a los usuarios de los daños y perjuicios causados. Este importe, calculado según los datos de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones y de la Comisión Europea, se refiere al sobreprecio que han pagado los consumidores durante 5 años por el acceso a Internet de banda ancha, y con el que Telefónica ha cobrado de forma abusiva más de 600 millones de euros de sobreprecio en perjuicio de los consumidores y el mercado. Restando los casi 152 millones de euros de la multa ya impuesta por Bruselas, los Servicios Jurídicos de Ausbanc han solicitado la indemnización de 458 millones de euros, además de los intereses, costas y gastos.

Esta previsto que este fondo se destine a compensar los pagos excesivos realizados por los consumidores titulares de una línea ADSL en el periodo de la infracción con cualquier operador que actuase en España en esas fechas; y a satisfacer a la sociedad española en general, ya que no ha disfrutado de una adecuada competencia ni de la suficiente inversión en infraestructuras, suponiendo un retraso considerable en el desarrollo de esta tecnología.

La Asociación considera adecuado que ese montante sea destinado, con carácter colectivo, a la mejora en España de las redes de ADSL, al incremento en la formación e información suministrada en materia de Telecomunicaciones a los consumidores, así como a la mejora en la calidad de dicha información y al asesoramiento jurídico en materia de Telecomunicaciones.

Se adjunta Edicto del Juzgado de lo Mercantil