AUSBANC

11-11-2009

El pasado 23 de septiembre el Senado acordó por unanimidad instar al Gobierno la eliminación
de la “cláusula suelo” en las hipotecas

Para poner fin a esta mala práctica bancaria, Ausbanc pone toda su experiencia a disposición
del Ejecutivo y les ofrece redactar un documento con suficiente claridad técnica que obligue
a ser ejecutado por bancos y cajas a la mayor brevedad posible

La supresión de la “Cláusula Suelo” beneficiará a PYMES y economías domésticas y reducirá el índice de morosidad

Para poner fin a esta mala práctica bancaria, Ausbanc pone toda su experiencia a disposición del Ejecutivo y les ofrece redactar un documento con suficiente claridad técnica que obligue a ser ejecutado por bancos y cajas a la mayor brevedad posible

El euríbor, principal índice de referencia en las hipotecas a tipo variable, ha pasado del 5,248% en octubre de 2008 al 1,243% en octubre de 2009. Dicha rebaja, no ha supuesto el beneficio esperado en muchos préstamos hipotecarios, puesto que no se ha visto reflejada en una reducción proporcional en los importes de las cuotas mensuales, por causa de las “cláusulas suelo” que, al establecer un tipo mínimo, impiden la reducción de las cuotas.

Esta cláusula, que rompe el principio de equilibrio contractual y anula el sentido de variabilidad del tipo pactado entre las partes -y de la cual la inmensa mayoría de los consumidores desconocían su existencia- ha permitido que los consumidores se hayan llevado la desagradable sorpresa de ver como las cuotas de sus hipotecas no les baja; motivo por el cual no han tenido aumento en su renta disponible.

A este respecto hay que indicar que la mencionada cláusula, comporta un importante desequilibrio que desvirtúa la esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito, que no es otro que el tipo de interés varíe en función de las fluctuaciones del mercado conforme al índice pactado. Con la incorporación de esta cláusula, la variabilidad del tipo de interés pretendida convierte el préstamo, en la práctica, en una operación a tipo de interés fijo. Que, en este caso, se utiliza para lograr el incremento artificial del tipo de interés ante las más que evidentes y conocidas tendencias bajistas del mercado hipotecario, en perjuicio de los prestatarios y beneficio de los prestamistas.

En la situación económica actual, este desequilibrio toma caracteres alarmantes para los consumidores de estos productos financieros puesto que el tipo aplicado oscila entre un 50% y un 100% más caro que el derivado del mercado, lo que determina un coste adicional que, dependiendo de la cuantía y el plazo, puede oscilar como media en unos 60.000 euros, en la vida total del préstamo. A modo de ejemplo, tomando como base los tipos indicados al principio, en un hipoteca de 180.000,00 euros a 30 años, en la que se haya establecido un interés mínimo del 4 %, la cuota mensual inicial de 993,74 euros, pasaría a 862,41 euros, en lugar de 607,63 euros que resultaría de no aplicarse la abusiva “cláusula suelo”; por lo que nos encontramos con una cuota mensual cuyo importe resultante es 254,78 euros superior; en consecuencia 3.057,36 euros anuales.

El perjuicio para los consumidores es tan evidente, que el pleno del Senado aprobó por unanimidad el pasado 23 de septiembre una moción presentada por el Grupo Popular en la que se califica de abusivas las ‘cláusulas de suelo’ y se exige la efectiva traslación de los descensos del Euribor a las hipotecas, mediante el cumplimiento del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), que establece la exclusión de las cláusulas abusivas. En este sentido Ausbanc, que fue la primera en denunciar públicamente esta mala práctica, quiere mostrar su satisfacción por la iniciativa de la Cámara Alta, ya que supone poner fin a un enriquecimiento injusto por parte de las entidades financieras que perjudica los legítimos intereses económicos de los consumidores, y, al mismo tiempo, manifestar públicamente que se pone a disposición de las autoridades competentes, para elaborar un documento en el que se exponga con rotundidad y claridad técnica la urgente necesidad de eliminar esta cláusula; por lo que, a partir de ahora, corresponde al Gobierno poner en marcha las iniciativas para que esta moción tenga alcance real en la sociedad.

De esta forma, se evitará que las entidades acudan a subterfugios para seguir aplicando dicha cláusula, como ha ocurrido con la cláusula de redondeo al alza en las hipotecas a tipo variable, declarada nula por abusiva en numerosas sentencias, y que continúa incluyéndose en los contratos de algunas entidades financieras.

Finalmente, Ausbanc anima a los consumidores a que reclamen la eliminación de esta injusta cláusula contractual ofreciendo para ello una carta tipo con argumentos jurídicos contundentes para que los clientes que tengan contratadas hipotecas o préstamos a tipo variable exijan a estas entidades su desaparición.

En Las Palmas de Gran Canaria a once de noviembre 2009