AUSBANC

06-05-2009

 

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA CONFIRMA LA USURA DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO
 Y LO  DECLARA NULO

 La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, en una Sentencia dictada el pasado 17 de abril, ha confirmado la Sentencia que en su día dictó el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Sevilla, y ha declarado la nulidad, por usurario, de un préstamo hipotecario de capital privado. La usura deriva de haberse entregado al prestatario un importe inferior al recogido en la escritura de préstamo, en el que actuaron como prestamistas la empresa PROVENSOVI, S.A. y dos particulares.
El objeto del litigio se centraba en si resultaba o no de aplicación el segundo supuesto de usura que está previsto en el artículo 1 de la Ley, de 23 de julio de 1908, referente a los contratos de préstamo, popularmente conocida como Ley de Represión de la Usura o Ley Azcárate. Según este supuesto, existe usura si el prestamista entrega al prestatario una cantidad inferior a la consignada en la escritura o, lo que es lo mismo, si el contrato estipula que se va a recibir una cantidad mayor a la verdaderamente entregada.
La Audiencia Provincial estimó que existía usura, puesto que había una diferencia entre el capital consignado en la escritura (35.764 €), y lo que se entregó al prestatario (25.000 €). Una diferencia que no resultó justificada por las alegaciones de los prestamistas:
 • Éstos alegaron, en primer lugar, que 2.964 € le fueron entregados al prestatario en metálico, algo que era incierto y que no fue objeto de ninguna prueba en ese sentido.

• En segundo lugar, los prestamistas defendieron que 7.800 € le fueron retenidos al prestatario para atender los gastos inherentes a la operación. Según PROVENSOVI, los gastos de la operación fueron:

1. Notario: 264,93 €.
2. Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: 559,35 €.
3. Registrador de la Propiedad: 98,53 €.
4. Intermediación: 3.480,00 €.
5. Tasador: 455,00 €.
6. Gestor (la propia PROVENSOVI): 1.740,00 €.

Por lo tanto, el  total de gastos es de 6.597,81 €, lo que supone que falta un resto hasta esos 7.800 € retenidos. Además, la prestamista PROVENSOVI cobró por duplicado la formalización del préstamo con garantía hipotecaria, puesto que, por un lado, cobró una comisión de apertura de 1.050,00 € y, por otro, cobró 800,00 € por la formalización de la hipoteca.

En definitiva, ya sea porque ‘desaparecieron’ 2.964 €, o porque se emplearon 7.800 € para pagar gastos de 6.597,81 €, en los que se incluyen conceptos por duplicado, el caso es que los demandados no justificaron la diferencia entre lo recibido y lo consignado en la escritura, motivo por el cual la Audiencia Provincial apreció la existencia de usura.


Imágenes

 

Resumen de prensa

El Día de Córdoba (más)  
La opinión de Málaga.es (más)  
ABC.es (más)