AUSBANC

NOTA DE PRENSA
23-08-2008

AUSBANC DEMANDARÁ A ENDESA, GESTORA DEL REACTOR NUCLEAR DE ASCÓ, POR SU NEGLIGENTE E IRRESPONSABLE ACTUACIÓN ANTE EL INCIDENTE RADIACTIVO DE NOVIEMBRE DE 2.007

La cuantía indemnizatoria solicitada por AUSBANC rondará como mínimo la cifra de 40 millones de € 

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) propondrá al Gobierno la apertura de un expediente sancionador por falta grave a la empresa gestora habida cuenta de que suministró “información deficiente e incompleta “.

Al margen de la responsabilidad administrativa, que se dirimirá en el expediente propuesto por el CSN, AUSBANC demandará a ENDESA en el ejercicio de una acción colectiva  en nombre de todos aquellos perjudicados de la sociedad civil, que no concurren en el expediente administrativo, pero que tienen derecho a ser indemnizados por resultar  los realmente perjudicados.

En plena crisis energética por el alza del precio de petróleo se aborda de nuevo la necesidad o no de contar con la energía nuclear, sus riesgos y beneficios. Debate este que a juicio de AUSBANC habrá de celebrarse entre todos los agentes sociales con tranquilidad, con el mayor y plural rigor científico en la aportación de datos, y con la mayor participación posible de los ciudadanos que conforman nuestra sociedad . Esto viene implícito en los requisitos exigibles a un estado que proclamamos como democrático y avanzado.

Amén de ello, hemos de tener en cuenta que ya contamos con centrales nucleares en nuestro país. A las entidades gestoras de las mismas se les requiere un especial celo en el aspectos productivos, conservación y almacenamiento de los materiales radiactivos. Ello ha implicado la promulgación de una normativa legal específica que regula el mínimo detalle para evitar riesgo a la población. Se establecen además protocolos muy concretos de actuación ante incidentes, e información al organismo público competente, en este caso el CSN.

Por otra parte, no ya la normativa específica, también los principios generales de derecho señalan que aquel agente  que en el desarrollo de su actividad de riesgo, que le reporta un beneficio, pero a su vez  genera daños a terceros ha de indemnizar los irrogados a los mismos.

Las Asociaciones de Consumidores ostentamos entre otros agentes públicos y privados la legitimación sustentada tanto en la Constitución, como en los Estatutos de Autonomía o leyes como la LGDCU ( Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios ), LEC, u otras específicas para defender los derechos de los ciudadanos  cuando los mismos son conculcados. Especial hincapié, y motivación a la vez para esta Asociación,  radica en la misma LGDCU cuando resalta como bien jurídico especialmente a proteger, como no podía ser de otro modo, la vida y salud de los ciudadanos.

ENDESA, gestora del reactor nuclear de ASCÓ, de forma absolutamente negligente incumplió sus obligaciones de información al supervisor y al resto de la sociedad, desconociendo los mismos el potencial riesgo sufrido a radiaciones ionizantes por el incidente ocurrido el 26 de noviembre de 2.007.  Tomando como datos objetivos los proporcionados por el CSN, el escape aconteció por un fallo en la rejilla de ventilación del reactor. A pesar de que fue requerida por escrito para que facilitara información sobre lo ocurrido, la entidad actuó de forma oscurantista, y tal y como señala el propio CSN  “ suministrando información deficiente e incompleta”.

Al margen de las responsabilidades administrativas, lo cierto es que existen ciudadanos con nombres y apellidos perjudicados, que no se benefician del expediente administrativo, pero que si tienen derecho a ser indemnizados en base a las consideraciones arriba mencionadas. Ello nos aboca a presentar la demanda que hoy anunciamos, con unos baremos indemnizatorios que estimamos ecuánimes basados en nuestra legislación y jurisprudencia. Todo ello al margen de que cualquier persona solicite indemnizaciones de mayor cuantía si así lo estimase oportuno.

Brevemente exponemos los criterios seguidos por grupos y cuantía:

.- Grupo I. Personas que trabajaron o pasaron por el emplazamiento radiactivo. El CSN los cifra entre 700 u 800. Hemos de tener en cuenta la ansiedad, el desasosiego, de forma genérica el daño moral sufrido, generado por desconocer si realmente estaban afectados. Por otra parte han padecido varias revisiones para medir el impacto radiológico y posiblemente las mismas se deban de mantener de forma periódica por vida. 

Empleados y otros ( subcontratas, suministradores, etc...) : 3.000 € por persona

Menores de edad: ASCÓ organizaba visitas de escolares a la central. Así el CSN ha detectado al menos la realizada por un colegio marianista de Girona. Conociendo el riesgo desde noviembre del 2.007 y hasta la visita de los inspectores del CSN en abril del 2.008, pudieron existir más. Habida cuenta de especial protección a la infancia, de su mayor fragilidad en casos de exposición a impactos radiactivos solicitamos 4.000 € por afectado.

Además solicitamos la creación de un fondo por importe de 10 millones de €, gestionado por un organismo a determinar, en cuya dirección concurra esta Asociación, otras interesadas, además de entes públicos como ayuntamientos de la zona, Generalitat, etc..... cuyo fin sea el de hacer un seguimiento detallado del estado de salud de los afectados.

.- Grupo II. Habitantes del municipio de ASCÓ.

Especialmente afectados, son conocedores que de existir futuribles y no deseados riesgos radiactivos, serán los primeros en sufrirlos. De poco valen planes de contención del riesgo o en su caso de evacuación del municipio cuando la entidad gestora del reactor no informa convenientemente de lo acaecido. Solicitamos 2.000 € por persona, aproximadamente 1.600 habitantes.

Además solicitamos la creación de un fondo por importe de 10 millones de €, con las características del anterior pero cuyo objeto sea el de revisar todos los planes de seguridad existentes, formar voluntarios para el caso de catástrofes, y en general formar e informar a todos los vecinos de cómo afrontar un posible impacto radiactivo. Amén de ello crear varias becas  para investigadores para que pormenoricen un plan que cumpla con los objetivos diseñados.

.- Grupo IV. Habitantes en la comarca de Ribera d ‘Ebre.

En general se ve muy afectada su actividad económica. No sólo pensemos en el sector hostelero o de servicios, también la merma económica que para cualquier particular implica tener una vivienda en la zona, su mayor dificultad de venta, la falta de disposición de ajenos a instalarse en la zona etc.... Solicitamos una indemnización de 1.000 € por persona

Además solicitamos la creación de un fondo de 10 millones de €, a gestionar de la forma arriba determinada que cumpla el objeto fundamental de promocionar actividades económicas alternativas  a la nuclear favoreciendo el crecimiento económico de la misma.