PRENSA
             
Notas de Prensa
 
Quienes somos
Luis Pineda, Presidente
Angel Garay: Adjunto a la Presidencia
María Mateos: Directora de los Servicios Jurídicos
Hermenegildo García: Responsable de Relaciones Institucionales
 
Historia de Ausbanc

En 1986, cuando nace en Madrid la ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE SERVICIOS BANCARIOS (AUSBANC CONSUMO), la actividad de bancos, cajas de ahorro y otros intermediarios financieros no encontraba, en la legislación española, ninguna norma destinada específicamente a la protección de los derechos del usuario, salvo la denominada Ley Azcárate o de represión de la usura que data de 1908.

La aparición de AUSBANC en la escena de las organizaciones civiles con voz propia en el ámbito de la defensa y representación de los usuarios, aglutinando con capacidad profesional, coherencia empresarial y vocación social, las quejas, reclamaciones y necesidades de información de particulares y empresas en sus asuntos bancarios, iba a manifestarse muy pronto como extraordinariamente útil y necesaria. En 1987, el llamado “Decreto Fuentes” de 3 de marzo de 1987 liberalizó los tipos de interés y las comisiones aplicables por bancos y cajas a sus clientes. Abriendo la puerta a la profundización de la competencia entre las distintas entidades operantes en el terreno de los servicios bancarios, bancos y cajas de ahorro. Luego se iba a ver, y en ello tuvieron mucho que ver las denuncias de AUSBANC, que no todas las entidades entendían correctamente el nuevo entorno, sobre todo en lo que respecta a cómo la competencia permitía la libre apertura de establecimientos bancarios en todo el territorio. La integración de España en la CE y posteriormente en la UEM, qué duda cabe, ha impulsado la incorporación de normas comunitarias cuyo objetivo es establecer y proteger los derechos del usuario de servicios financieros. Sin embargo, a lo largo de estos años en los que AUSBANC ha desarrollado su labor, han sido muchos los momentos en los que ha sido preciso, hacer sentir al legislador la oportunidad de fijar un cuerpo legal específico para que la universalización de los servicios prestados por bancos, cajas de ahorros y otros intermediarios financieros no pasara por encima de la calidad de vida de los ciudadanos. Y así es ahora y lo seguirá siendo en el futuro.

Uno de los primeros éxitos públicos de las razonadas críticas de AUSBANC al estado en el que se encontraban las cosas, fue la creación por parte del BANCO DE ESPAÑA del concepto de “Cuenta Directa” abierta a cualquier persona que quisiera suscribir Deuda Pública sin necesidad de contar con más intermediario que el propio instituto emisor. Un logro que todavía hoy, aporta grandes dividendos a los ciudadanos y del que deberemos volver a ocuparnos ante el plan de cierre de sucursales provinciales del Banco de España.

La necesidad de una organización como AUSBANC CONSUMO está fuera de toda duda, el trayecto que nos ha conducido hasta aquí, con una veintena de  delegaciones repartidas por todo el territorio y un sistema de atención a distancia que hacen que en cualquier punto de la geografía española cualquiera pueda firmar un contrato bancario con asesoramiento especializado; asequible, cómodo y eficaz- decíamos, todo ello, sólo nos permite advertir lo mucho que ha de seguir haciéndose, no ya en el futuro -que lo haremos-, sino particularmente, en el momento presente.
A principios de 1999, se tomó la decisión de extender el acceso a nuestros servicios mediante la puesta en marcha de la línea de atención telefónica TELEBANK. Este servicio ha conseguido hacer si cabe más asequible a todo el público interesado, la información y la asistencia especializada en una materia que, en 1986, estaba reservada a distantes iniciados que poco o nadan tenían que ver con la mayoría social a la que hoy sirve AUSBANC CONSUMO.

Los cientos de miles de ciudadanos españoles que reciben la asistencia e información que genera AUSBANC CONSUMO a través de sus consultas directas o mediante la línea abierta de consultas telefónicas TELEBANK, 807
31 78 44 los miles de asociados que reciben la atención personalizada en sus delegaciones y todos los servicios de AUSBANC CONSUMO, los cientos de asociados que cada año confían sus casos ante los tribunales a los servicios jurídicos. Todos ellos son los responsables y artífices de que seamos capaces de afrontar el arduo trabajo que llevamos a cabo, de manera que el constante avance en la capacidad de la industria financiera, no desborde los límites de nuestro interés y derechos como clientes.

Hemos establecido ya en España, amplios y fundados precedentes en materia de defensa de la competencia, equilibrio de las contraprestaciones banco-cliente y derecho de tutela al consumidor y lo vamos a seguir haciendo en el nuevo ámbito de la Unión Europea y Monetaria. Fuimos los primeros en entender que ese proyecto ofrece posibilidades importantísimas para el desarrollo en paz y progreso de los ciudadanos. Y somos los primeros en hacer públicas nuestras denuncias cuando nos encontramos ante casos en los que se pretende, con la excusa de esa ilusión, que hagamos la vista gorda a obvios abusos o beneficios indebidos para la industria financiera.

AUSBANC CONSUMO, edita la revista jurídica mensual, JUSTICIA Y DERECHO, publicación que analiza la legislación, doctrina y jurisprudencia en materia bancaria y financiera. Se incluyen sentencias, jurisprudencia mayor y menor, legislación general y específica, posturas doctrinales, así como la opinión de los miembros más destacados del mundo jurídico.

El compromiso de AUSBANC CONSUMO es dar respuesta singularizada a las cuestiones que la creciente complejidad de los servicios bancarios y financieros suscita entre nosotros. Los canales para que cualquier persona, a tenor de sus propias necesidades, pueda hacer suyo ese compromiso, para resolver una duda, recabar asistencia o recibir información útil. Una sola llamada al teléfono de conexión con delegaciones 902 33 34 35 o directamente al servicio de consultas en abierto TELEBANK 807 31 78 44 le sacarán de dudas. Sin olvidar que a través de Internet, www.ausbanc.com le ofrece acceso libre a contenidos de interés general como la información hipotecaria, las cartas tipo para actuaciones colectivas o las notas de prensa sobre materias de consumo que afectan a una pluralidad de personas